Modifícase el artículo 441° de la Ley 11922 -Código de procedimiento Penal de la Provincia de Buenos Aires-
> ley en Extenso
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miércoles, 23 de abril de 2008
LEY 13.818 . Plazo
en 21:58
Etiquetas: PLAZO, PROCESAL PENAL
LEY 13.812 . Tribunal de Casación . Cámara de Apelación y Garantías . Citación a Juicio . Forma y plazo
Modifícanse los artículos 14, 20, 21, 338, 401, 417, 439, 440, 441, 450, 451, 470 y 494 de la Ley Nº 11922 -Código de procedimiento Penal de la Provincia de Bueno Aires- y sus modificatorias..
> ley en Extenso
Información aportada por: BK
en 21:48
Etiquetas: CÁMARA DE APELACIÓN Y GARANTÍAS, CASACIÓN, PROCESAL PENAL
martes, 15 de abril de 2008
Todos los tribunales bonaerenses estarán conectados en red
LA PLATA.- Con la instalación de una red de transmisión de datos que unirá, mediante un sistema inalámbrico, todos los tribunales, la Justicia bonaerense busca mejorar sus comunicaciones y, con ello, aligerar el resultado de los procesos y optimizar la calidad del servicio.
Entre otras cosas, la red permitirá extender el uso del Registro Unico de Detenidos (RUD) en las causas penales; mejorar integralmente el ancho de banda del sistema judicial; contar con un servicio punto a punto en toda la provincia, y conectar online , por primera vez, a los juzgados de Paz. ...
> nota en Extenso
Fuente: La Nación.com (lunes, 14 de abril de 2008)
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miércoles, 9 de abril de 2008
Ley 13.814 . Traslado de Juzgados de Garantías . Juzgados Unipersonales de Familia .
Autorízase por el término de un (1) año, a la Suprema Corte de Justicia a disponer el traslado de Juzgados de Garantías existentes, a las mismas sedes donde funcionan las Fiscalías y Defensorías descentralizadas dispuestas por Ley 13274...comprende asimismo a los Juzgados Unipersonales de Familia dispuestos por la Ley 13634.
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en 21:05
Etiquetas: FAMILIA, JUZGADOS GARANTÍAS
Ley 13.811 . Procedimiento especial para casos de Flagrancia .
Será de aplicación obligatoria en todos aquellos Departamentos Judiciales de la Provincia en los que se haya puesto en marcha el “Plan para el fortalecimiento del sistema acusatorio” y en los que gradualmente se incorporen al mismo, conforme al cronograma a elaborar por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Justicia.
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Información aportada por: BK
en 20:51
Etiquetas: FLAGRANCIA, PROCESAL PENAL